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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 45304-201726 mar 2018

Impulso procesal de carga del tribunal

Fecha
26 de marzo de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Impulso procesal de carga del tribunal
Carátula
Banco de Chile con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de La Serena, Rol 1391-2017
Primera instancia
Juzgado de Letras de Illapel, Rol 393-2014
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Juan Fuentes Belmar
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 152, 466
Descriptores
Admisibilidad del recurso de casación en el fondo · Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento
Cita
Corte Suprema, Rol N° 45304-2017, 26 de marzo de 2018, «Banco de Chile con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 45304-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiséis de marzo de dos mil dieciocho.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

Vistos y teniendo además presente: lo razonado en los motivos segundo, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno del fallo de casación que antecede, que se dan por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de once de julio de dos mil diecisiete, que se lee a fojas 87 y, en su lugar, se rechaza el recurso de reposición deducido en lo principal de fojas 74, debiendo el tribunal de la causa disponer lo necesario para dar debida prosecución al juicio.

En cuanto a la apelación subsidiaria, estese al mérito de lo resuelto.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

Redacción a cargo del Ministro Sr. Juan Eduardo Fuentes B.

N° 45.304-2017.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros, Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S. y Sr. Juan Eduardo Fuentes B.