Pago de lo no debido
- Fecha
- 27 de junio de 2018
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Sucesiones y donaciones
- Carátula
- Banco de Chile con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Talca, Rol 3554-2016
- Primera instancia
- 2º Juzgado de Letras de Curico, Rol 3500-2012
- Ministros
- Gloria Chevesich Ruiz, Guillermo Silva Gundelach, Rafael Gómez Balmaceda, Rodrigo Biel Melgarejo, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Guillermo Silva Gundelach
- Descriptores
- Pago de lo no debido · Acreditación de saldos · Cuasicontrato · Contrato de cuenta corriente bancaria · Reclamo de giro · Obligación del banco
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 36275-2017, 27 de junio de 2018, «Banco de Chile con»
Historia del caso
En el mismo rol 36275-2017
- Casación en la forma y en el fondo Pago de lo no debido 27 jun 2018
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de junio de dos mil dieciocho.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada previa eliminación de sus considerandos décimo primero y décimo tercero al décimo quinto, que se eliminan.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMAS PRESENTE:
Los razonamientos desarrollados en los basamentos sexto a décimo cuarto del fallo de nulidad, que para estos efectos se tienen por expresamente reproducidos, y considerando además que del mérito de autos aparece que aun cuando fue totalmente vencido, el demandado litigó con motivo plausible, corresponde que sea liberado del pago de las costas.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 144, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás normas citadas, se revoca la sentencia de veinte de octubre de dos mil quince, escrita a fojas 231 y siguientes, y en su lugar se declara que se acoge la demanda de fojas 11 y se condena al demandado a restituir a la actora la suma de $24.990.000, más reajustes e intereses contados desde la fecha del presente fallo hasta el pago efectivo, sin costas.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del ministro señor Silva G.
Nº 36.275-2017.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Gloria Ana Chevesich R., Sr. Rodrigo Biel M. (s) y Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez B.
No firman el Ministro (s) Sr. Biel y Abogado Integrante Sr. Gómez, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber terminado su periodo de suplencia el primero y ausente el segundo.