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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 7372-201826 dic 2018
Fecha
26 de diciembre de 2018
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Acción hipotecaria
Carátula
Penta Vida Compañía de Segurosde Vida con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 6945-2017
Primera instancia
24º Juzgado Civil de Santiago, Rol 5364-2012
Ministros
Daniel Peñailillo Arévalo, Héctor Carreño Seaman, Iñigo de la Maza Gazmuri, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Daniel Peñailillo Arévalo
Normas aplicadas
Ley de bancos: art. 103
Descriptores
Acción hipotecaria · Excepción de pago · Efectos · Acogido recurso de casación en el fondo · Contrato de mutuo hipotecario · Sentencia de reemplazo · Retardo en el pago
Cita
Corte Suprema, Rol N° 7372-2018, 26 de diciembre de 2018, «Penta Vida Compañía de Segurosde Vida con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 7372-2018

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTO:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los motivos quinto a décimo de la sentencia que se eliminan.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

PRIMERO: Lo expuesto en los fundamentos sexto y séptimo del fallo de casación que antecede, los que se tienen por reproducidos y como parte integrante del presente para todos los efectos legales.

SEGUNDO: Que con esta comprensión del citado artículo 103 de la Ley General de Bancos el sistema de normas aplicables distribuye equilibradamente las ventajas de esta legislación especial. Por una parte concede al acreedor un procedimiento más expedito y eficiente para el cobro de su crédito y, por otra, el deudor logra también un beneficio en cuanto, si dentro del plazo ahí concedido paga lo devengado hasta el requerimiento, neutraliza el riguroso efecto de la estipulación sobre la caducidad convencional del plazo debido a mora.

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de seis de octubre de dos mil dieciséis, escrita a fojas 374 y siguientes y en su lugar se decide que se rechaza la excepción de pago del N° 9 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, con costas.

Sin perjuicio de lo cual se deberá descontar del total adeudado la suma consignada por el deudor en autos.

Regístrese y devuélvase, con su agregado.

Redacción a cargo del Abogado Integrante don Daniel Peñailillo A.

Rol Nº 7372-2017.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S. y Abogados Integrantes Sr. Daniel Peñailillo A. y Sr. Iñigo De la Maza G.

No firman el Ministro Sr. Carreño y el Abogado Integrante Sr. Peñailillo, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con permiso el primero y ausente el segundo.