Juicio ejecutivo
- Fecha
- 29 de enero de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Juicio ejecutivo
- Carátula
- Banco de Credito e Inversiones con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9733-2017
- Primera instancia
- 11º Juzgado Civil de Santiago, Rol 5280-2015
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Rafael Gómez Balmaceda, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Héctor Carreño Seaman
- Descriptores
- Juicio ejecutivo · Prescripción de la acción ejecutiva · Excepción de prescripción extintiva
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 12477-2018, 29 de enero de 2019, «Banco de Credito e Inversiones con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 12477-2018
- Casación en el fondo Prescripción extintiva 29 ene 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintinueve de enero de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos quinto a noveno y undécimo. Asimismo, al inicio del fundamento décimo se añade la expresión “Que se omitirá pronunciamiento sobre la”, eliminándose igualmente el artículo “La” y la frase “habrá de ser rechazada”.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Lo razonado en los Considerandos segundo y cuarto al séptimo de la sentencia de casación que antecede, lo previsto en los preceptos citados en ese pronunciamiento y de conformidad a lo estatuido en los artículos 186 y siguientes y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de catorce de marzo de dos mil diecisiete, con declaración de que la excepción de prescripción queda acogida íntegramente, por la totalidad del crédito reclamado.
Atendido lo resuelto, se omite pronunciamiento sobre la excepción del N° 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, la ejecución queda desestimada, con costas.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del abogado integrante señor Gómez B.
N° 12.477-2018.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez B.
No firman el Ministro Sr. Carreño y el Abogado Integrante Sr. Gómez, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal el primero y ausente el segundo.