Título ejecutivo
- Fecha
- 5 de marzo de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Título ejecutivo
- Carátula
- Interfactor S.A. con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 11417-2017
- Primera instancia
- 6º Juzgado Civil de Santiago, Rol 17987-2016
- Ministros
- Daniel Peñailillo Arévalo, Diego Munita Luco, Hector Humeres Noguer, Juan Fuentes Belmar, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Juan Fuentes Belmar
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 435
- Descriptores
- Título ejecutivo · Confesión de deuda · Acogido recurso de casación en el fondo · Juicio ejecutivo. gestiones preparatorias · Acción ejecutiva de cobro
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 20536-2018, 5 de marzo de 2019, «Interfactor S.A. con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 20536-2018
- Casación en el fondo Juicio ejecutivo 5 mar 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cinco de marzo de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a la decisión que antecede y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos primero y segundo, los que se eliminan.
Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo expresado en los fundamentos segundo y cuarto a noveno del fallo de casación que precede y lo estatuido en los artículos 34 del D.F.L. N° 707, 434, 435, 464 Nº 17º y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de dieciocho de julio de dos mil diecisiete, que rechazó la excepción del N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, y se declara que esta es acogida, con costas.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción a cargo del Ministro Señor Juan Eduardo Fuentes B.
Nº 20.536-2018.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Juan Eduardo Fuentes B. y Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Diego Munita L.
No firman los Abogados Integrantes Sres. Peñailillo y Munita, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.