- Fecha
- 13 de febrero de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Tema
- Costas
- Carátula
- nombre reservado con Instituto de Seguridad del TRABAJO.
- Corte de origen
- C.A. de Antofagasta, Rol 343-2017
- Primera instancia
- 4º Juzgado de Letras en Lo Civil de Antofagasta, Rol 3902-2015
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Antonio Barra Rojas, Gloria Chevesich Ruiz, Ricardo Blanco Herrera, Íñigo De la Maza Gazmuri
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Disidencia
- RICARDO LUIS HERNÁN BLANCO HERRERA,ANTONIO BARRA ROJAS
- Normas aplicadas
- Código Civil: art. 1545
Ley N° 16.744: art. 1 - Descriptores
- Costas · Recurso de casación en el fondo · Accidente del trabajo · Procedencia del daño moral · Estatuto de responsabilidad aplicable · Tacha de testigos · Rechazo de las tachas · Instituciones de seguridad social · Instituto de seguridad del trabajo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 36128-2017, 13 de febrero de 2020, «con Instituto de Seguridad del TRABAJO.»
Historia del caso
En el mismo rol 36128-2017
- Casación en el fondo Accidente del trabajo 13 feb 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, trece de febrero de dos mil veinte.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la sentencia de reemplazo que sigue:
Visto:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del último párrafo del considerando decimo segundo (sic); y de los razonamientos decimo tercero (sic), decimo cuarto (sic), decimo quinto (sic), decimo sexto (sic), decimo septimo (sic) y decimo octavo (sic) que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
1°.- Los motivos cuarto a decimosexto del fallo de invalidación que precede, que, para estos efectos, se tienen por expresamente reproducidos.
2°.- Habiéndose establecido que no concurren los presupuestos de la responsabilidad contractual que se pretende, corresponde desestimar íntegramente la demanda.
Por estos fundamentos, disposiciones legales citadas y los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se declara que:
I.- Se rechaza la tacha formulada en contra de la testigo doña nombre reservado.
II.- Se acoge la tacha formulada en contra del testigo don nombre reservado.
III.- Se rechaza íntegramente la demanda interpuesta por don nombre reservado en contra del Instituto de Seguridad del Trabajo.
IV.- No se condena en costas al demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
El ministro señor Blanco y el abogado integrante señor Barra estuvieron por no dictar sentencia de reemplazo al tenor de lo expresado en la sentencia de casación.
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 36.128-2017.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., y los Abogados Integrantes señores Antonio Barra R. e Íñigo de la Maza G. No firman los Abogados Integrantes señores Barra y De la Maza, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ambos ausentes. Santiago, trece de febrero de dos mil veinte.