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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 18848-201914 may 2020

Instituto de Previsión Social (IPS)

Fecha
14 de mayo de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Instituto de Previsión Social (IPS)
Carátula
nombre reservado con Instituto de Prevision SOCIAL.
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 6549-2018
Primera instancia
15º Juzgado Civil de Santiago, Rol 22129-2016
Ministros
Andrea Muñoz Sánchez, Antonio Barra Rojas, Jorge Zepeda Arancibia, Leonor Etcheberry Court, Ricardo Blanco Herrera
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Decreto con fuerza de ley 236: art. 14
Ley N° 18.675: art. 9
Descriptores
Instituto de Previsión Social (IPS) · Pensión de jubilación · Base de cálculo de Pensión de Jubilación · Revisión de pensión de jubilación del personal del Escalafón Primario del Poder Judicial · Tope de pensiones · Cobro de prestaciones previsionales
Cita
Corte Suprema, Rol N° 18848-2019, 14 de mayo de 2020, «con Instituto de Prevision SOCIAL.»

Historia del caso

En el mismo rol 18848-2019

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, catorce de mayo de dos mil veinte.

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos:

Reproduciendo los motivos tercero y cuarto de la sentencia de casación, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de abril de dos mil dieciocho, escrita a fojas 177 y siguientes.

Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Andrea Muñoz Sánchez, quien fue de opinión de no dictar sentencia de remplazo, atendida la postura que asumió en la de casación.

Regístrese y devuélvanse.

Rol N° 18.848-2019.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., el ministro suplente señor Jorge Zepeda A., y los abogados integrante señora Leonor Etcheberry C., y Antonio Barra R. No firma la abogada integrante señora Etcheberry, por estar ausente. Santiago, catorce de mayo de dos mil veinte.