Acción de precario
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (p)
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 874-2019
- Primera instancia
- 4º Juzgado Civil de Valparaíso, Rol 2300-2018
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Gloria Chevesich Ruiz, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Normas aplicadas
- Código Civil: art. 2195
- Descriptores
- Recurso de casación en el fondo · Acción de precario · Prueba · Precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Bien inmueble
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 19546-2019, 18 de agosto de 2020, «con (p)»
Historia del caso
En el mismo rol 19546-2019
- Casación en el fondo Acción de precario 18 ago 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veinte.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del numeral tercero de su motivo noveno y su considerando décimo, y del fallo de casación que antecede, sus motivos cuarto y quinto.
Y teniendo en su lugar, y, además, presente:
Que, conforme a lo reflexionado, el título presentado por la demandada constituye un título que justifica su tenencia, y, por lo tanto, excluye el supuesto de mera tolerancia que exige el artículo 2195 inciso segundo del Código Civil.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve, y se declara, en su lugar, que se rechaza la demanda de precario.
Regístrese y devuélvanse.
Rol N°19.546-2019.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., señor Mauricio Silva C., y señora María Angélica Cecilia Repetto G. Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veinte.