Prescripción de la acción
- Fecha
- 20 de agosto de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Carátula
- nombre reservado con Instituto de Prevision SOCIAL.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 3111-2018
- Primera instancia
- 9º Juzgado Civil de Santiago, Rol 25258-2014
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Jorge Zepeda Arancibia, Julio Pallavicini Magnere, María Gajardo Harboe, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Andrea Muñoz Sánchez
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
Decreto 2259: art. 14
Ley N° 19.260: art. 4
Ley N° 19.880: art. 53 - Descriptores
- Prescripción de la acción · Instituto de Previsión Social (IPS) · Pensión de invalidez · Accidente del trabajo · Beneficio previsional de desahucio · Pensión de montepío · Beneficio previsional · Caducidad de la acción · Acción de mera certeza · Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE)
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 20887-2019, 20 de agosto de 2020, «con Instituto de Prevision SOCIAL.»
Historia del caso
En el mismo rol 20887-2019
- Casación en el fondo Seguridad social 20 ago 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinte de agosto de dos mil veinte.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Sustituyendo en el motivo décimo quinto el guarismo 187.646, por 18.646 y dando por reproducidos los motivos 3°, 4°, 6°, 7°, 8° y 9° de la sentencia de casación, se declara:
1. Se rechazan las excepciones de caducidad y/o prescripción fundadas en los artículos 4° de la ley 19.260 y 53 de la ley 19.880, opuestas por la demandada una en subsidio de la otra;
2. Se confirma la sentencia apelada de ocho de septiembre de dos mil diecisiete, escrita a fojas 412 y siguientes.
Acordada contra el voto de la ministra Andrea Muñoz y la abogada integrante María Cristina Gajardo, quienes fueron de opinión de revocar la sentencia en alzada, por los fundamentos desarrollados al pronunciarse sobre el recurso de casación.
Redactó la ministra Andrea Muñoz S.
Regístrese y devuélvase.
N°20.887
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., ministro suplente señor Jorge Zepeda A., y los abogados integrantes señora María Cristina Gajardo H., y señor Julio Pallavicini M. No firma la Abogada Integrante señora Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, veinte de agosto de dos mil veinte.