- Fecha
- 7 de abril de 2021
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Hipoteca
- Carátula
- Banco de Crédito e Inversiones con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 461-2019
- Primera instancia
- Juzgado de Letras de Villarrica, Rol 272-2018
- Ministros
- Juan Fuentes Belmar, Rafael Gómez Balmaceda, Rodrigo Biel Melgarejo, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rafael Gómez Balmaceda
- Descriptores
- Hipoteca · Obligación accesoria · Juicio ejecutivo por desposeimiento · Excepción de prescripción adquisitiva
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 72001-2020, 7 de abril de 2021, «Banco de Crédito e Inversiones con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 72001-2020
- Casación en la forma y en el fondo Prescripción extintiva 7 abr 2021
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, siete de abril de dos mil veintiuno.
En cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo, con arreglo a la ley.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos sexto, séptimo y octavo, que se eliminan.
Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo expresado en los considerandos quinto, séptimo, octavo y noveno del fallo de casación que antecede.
Y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 2434 y 2516 del Código Civil y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de once de marzo de dos mil diecinueve, en cuanto por ella se acogió la excepción de prescripción formulada por la demandada y en su lugar se declara que se rechaza la excepción de prescripción extintiva interpuesta, debiendo seguirse adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago a la demandante de la suma que se cobra en autos, más intereses y costas.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Rafael Gómez Balmaceda.
Rol N°72.001-20.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros, Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Rodrigo Biel M. y Abogado Integrante Sr. Rafael Gómez B.
No firma el Abogado Integrante Sr. Gómez, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.