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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 154817-202010 ene 2022
Fecha
10 de enero de 2022
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Condición suspensiva
Carátula
nombre reservado con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de Puerto Montt, Rol 301-2020
Primera instancia
2º Juzgado Civil de Puerto Montt, Rol 4931-2019
Ministros
Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui, Rodrigo Biel Melgarejo, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Raúl Fuentes Mechasqui
Descriptores
Condición suspensiva · Contrato de promesa · Falta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutiva · Condición resolutoria · Juicio ejecutivo de obligaciones de hacer · Efectos del contrato de promesa · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 154817-2020, 10 de enero de 2022, «con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 154817-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

1

Santiago, diez de enero de dos mil veintidós.

En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada previa eliminación del párrafo final de su basamento quinto.

Y se tiene en su lugar y además presente:

Los razonamientos expuestos en los fundamentos cuarto, quinto, sexto y séptimo del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos.

Y de conformidad además con las normas citadas y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintitrés de enero de dos mil veinte y en su lugar se decide que se rechaza la excepción contemplada en el numeral 7º del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil opuesta por el ejecutado y se dispone seguir adelante la ejecución, debiendo el demandado suscribir la escritura de compraventa del inmueble prometido vender, inscrito a nombre del demandado a fojas 1611 Nº 2323 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2010; en los términos acordados en el contrato de promesa de compraventa de 15 de julio de 2013, dentro de décimo día, bajo apercibimiento de proceder de conformidad a lo previsto en el artículo 532 del Código de Procedimiento Civil, con costas.

Regístrese y devuélvase.

Redacción del abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.

Nº 154.817-2020.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Maggi D., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sr. Rodrigo Biel M. y Abogado Integrante Sr. Raúl Fuentes M.

No firman la Ministra Sra. Maggi y el Ministro Sr. Prado, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones la primera y estar con feriado legal el segundo.