Acción de precario
- Fecha
- 23 de febrero de 2022
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Concepción, Rol 2009-2019
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Talcahuano, Rol 1824-2019
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Juan Fuentes Belmar
- Descriptores
- Acción de precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Vínculo de familia excluye la mera tolerancia · Residencia familiar · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 139839-2020, 23 de febrero de 2022, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 139839-2020
- Casación en el fondo Cuestión de hecho 23 feb 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintitrés de febrero de dos mil veintidós.
En razón de lo precedentemente resuelto y de conformidad con lo que prevé el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta a continuación la sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de su motivo octavo.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Lo expuesto en los motivos quinto a décimo del fallo de casación que precede, los que se tienen como parte integrante de esta sentencia.
Y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la sentencia de siete de agosto de dos mil diecinueve, y, en su lugar, se declara que se rechaza la demanda de precario, sin costas por haber tenido la demandante motivos plausibles para litigar.
Acordada con el voto en contra de los Ministros Sra. Egnem y Sr. Fuentes, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada atendidos los fundamentos esgrimidos en su disidencia.
Redacción a cargo del Ministro señor Juan Eduardo Fuentes B.
Regístrese y devuélvase.
N°139.839–2020.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C. y Abogado Integrante Sr. Raúl Fuentes M.
No firma la Ministra Sra. Egnem, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por no estar con feriado legal.