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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 21262-202028 feb 2022
Fecha
28 de febrero de 2022
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Excepción dilatoria
Carátula
nombre reservado con Laboratorio Medicina Nuclear Occidente Ltda.
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 12712-2018
Primera instancia
7º Juzgado Civil de Santiago, Rol 12633-2018
Ministros
Diego Munita Luco, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Rosa Egnem Saldias
Disidencia
MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
Descriptores
Excepción dilatoria · Indemnización de perjuicios · Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Decreto de traslado · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 21262-2020, 28 de febrero de 2022, «con Laboratorio Medicina Nuclear Occidente Ltda.»

Historia del caso

En el mismo rol 21262-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintidós.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Lo razonado en los motivos segundo, tercero y quinto a noveno del fallo de casación que antecede, que se dan por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de diecisiete de julio de dos mil diecinueve, que desestima el incidente de abandono del procedimiento promovido en autos, debiendo el tribunal de la causa disponer lo necesario para dar debida prosecución al juicio.

Acordada con el voto en contra del ministro señor Silva C., quien fue del parecer de revocar el fallo en alzada y acoger el aludido incidente, en razón de los fundamentos desarrollados para justificar su disidencia de la sentencia de casación.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo de la ministra señora Egnem S. y de la disidencia, su autor.

N° 21.262-2020.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Mauricio Silva C. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.

No firman las Ministras Sra. Maggi y Sra. Egnem no obstante haber concurrido ambas a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones la primera y con permiso la segunda.