Daño emergente
- Fecha
- 4 de marzo de 2022
- Recurso
- Casación en la forma
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Daño emergente
- Carátula
- nombre reservado con Transportes Transgemita Limitada y Otro
- Corte de origen
- C.A. de San Miguel, Rol 2215-2019
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de San Miguel, Rol 12332-2017
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Dobra Lusic Nadal, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Rosa Egnem Saldias
- Redacción
- Mauricio Silva Cancino
- Descriptores
- Daño emergente · Indemnización de perjuicios · Signo PARE · Atropellamiento por vehículo · Quantum del daño moral · Responsabilidad por accidentes de tránsito · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 42859-2020, 4 de marzo de 2022, «con Transportes Transgemita Limitada y Otro»
Historia del caso
En el mismo rol 42859-2020
- Casación en la forma Principio de congruencia 4 mar 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 786 inciso 3° del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto y teniendo presente:
Que del examen de los elementos de prueba consistentes en boletas, facturas e informes atingentes a los gastos médicos de la víctima, no permiten hallar asidero al recurso de apelación de la demandada, toda vez que el monto del daño emergente se determinó conforme al mérito del proceso que es posible encontrar en esos instrumentos; y en cuanto el tipo y entidad de las lesiones sufridas a causa del hecho ilícito justifican la existencia del daño moral.
Conforme lo señalado, se confirma, en lo apelado, la sentencia definitiva de veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de San Miguel en el ingreso Rol C-12.332-2017.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del Ministro señor Mauricio Silva C.
N°42.859-2020
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., y Sra. Dobra Lusic N.
No firman los Ministros Sra. Egnem y Sr. Silva no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos con feriado legal.