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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 42859-20204 mar 2022
Fecha
4 de marzo de 2022
Recurso
Casación en la forma
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Daño emergente
Carátula
nombre reservado con Transportes Transgemita Limitada y Otro
Corte de origen
C.A. de San Miguel, Rol 2215-2019
Primera instancia
1º Juzgado Civil de San Miguel, Rol 12332-2017
Ministros
Arturo Prado Puga, Dobra Lusic Nadal, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Rosa Egnem Saldias
Redacción
Mauricio Silva Cancino
Descriptores
Daño emergente · Indemnización de perjuicios · Signo PARE · Atropellamiento por vehículo · Quantum del daño moral · Responsabilidad por accidentes de tránsito · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 42859-2020, 4 de marzo de 2022, «con Transportes Transgemita Limitada y Otro»

Historia del caso

En el mismo rol 42859-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 786 inciso 3° del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto y teniendo presente:

Que del examen de los elementos de prueba consistentes en boletas, facturas e informes atingentes a los gastos médicos de la víctima, no permiten hallar asidero al recurso de apelación de la demandada, toda vez que el monto del daño emergente se determinó conforme al mérito del proceso que es posible encontrar en esos instrumentos; y en cuanto el tipo y entidad de las lesiones sufridas a causa del hecho ilícito justifican la existencia del daño moral.

Conforme lo señalado, se confirma, en lo apelado, la sentencia definitiva de veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de San Miguel en el ingreso Rol C-12.332-2017.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo del Ministro señor Mauricio Silva C.

N°42.859-2020

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., y Sra. Dobra Lusic N.

No firman los Ministros Sra. Egnem y Sr. Silva no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos con feriado legal.