Acción ejecutiva
- Fecha
- 30 de enero de 2023
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Banco Santander-chile Chile con Territorio y Arquitectura Limitada (e)
- Corte de origen
- C.A. de La Serena, Rol 535-2022
- Primera instancia
- 2º Juzgado de Letras de Coquimbo, Rol 330-2022
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Carolina Coppo Diez, Guillermo Silva Gundelach, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Guillermo Silva Gundelach
- Descriptores
- Admisibilidad de la acción · Acción ejecutiva · Examen de admisibilidad de la acción ejecutiva · Obligación de dar tramitación a la acción · Deniega ejecución · Obligación líquida y actualmente exigible · Juicio ejecutivo. cobro de pagaré · Mérito ejecutivo del pagaré
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 26403-2022, 30 de enero de 2023, «Banco Santander-chile Chile con Territorio y Arquitectura Limitada (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 26403-2022
- Casación en el fondo Aspectos formales 30 ene 2023
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE:
Los fundamentos contenidos en el motivo cuarto a séptimo de la sentencia de casación que antecede, se revoca la resolución de veintitrés de marzo del presente año, y en su lugar se declara que juez no inhabilitado deberá proveer la demanda ejecutiva y sus demás peticiones como en derecho corresponda.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del ministro señor Guillermo Silva G.
Rol N° 26.403-2022.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., y Abogados Integrantes Sra. Carolina Coppo D. y Sr. Raúl Fuentes M.
No firman los Ministros Sres. Silva y Silva C., no obstante ambos haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar por haber cesado en sus funciones el primero y con permiso el segundo.