Acción ejecutiva
- Fecha
- 18 de julio de 2023
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Banco Internacional con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Concepción, Rol 1048-2022
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de Concepción, Rol 8919-2019
- Ministros
- Dobra Lusic Nadal, Hector Humeres Noguer, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Dobra Lusic Nadal
- Descriptores
- Acción ejecutiva · Excepción de prescripción extintiva · Interrupción de la prescripción por la notificación de la demanda · Excepciones en el juicio ejecutivo · Cobro de pagaré
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 123656-2022, 18 de julio de 2023, «Banco Internacional con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 123656-2022
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 18 jul 2023
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
1
Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintitrés.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos y teniendo además presente:
Lo razonado en los considerandos segundo y cuarto al noveno de la sentencia de casación que antecede, que se tienen por reproducidos.
Atendido además lo dispuesto en los preceptos citados en ese pronunciamiento y de conformidad a lo estatuido en los artículos 186 y siguientes y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de nueve de abril de dos mil veintidós que acoge la excepción de prescripción extintiva de la acción deducida y desestima la ejecución.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo de la ministra (s) señora Lusic N.
N° 123.656-2022
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Soledad Melo L., Ministra Suplente Sra. Dobra Lusic N. y los Abogados Integrantes Sr. Héctor Humeres N. y Sr. Raúl Patricio Fuentes M.
No firman la Ministra Sra. Melo y Ministra (S) Sra. Lusic, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y al acuerdo del fallo, la primera por estar en comisión de servicio y la segunda por haber cesado el periodo de su suplencia.