Acción ejecutiva
- Fecha
- 11 de diciembre de 2023
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9451-2020
- Primera instancia
- 26º Juzgado Civil de Santiago, Rol 41284-2018
- Ministros
- Arturo Prado Puga, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- María Repetto García
- Disidencia
- MARÍA SOLEDAD MELO LABRA,MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
Ley N° 18.092: art. 98 - Descriptores
- Acción ejecutiva · Excepción de prescripción extintiva · Excepciones en el juicio ejecutivo · Cobro de pagaré · Prescripción de la acción cambiaria · Transcurso del tiempo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 3267-2023, 11 de diciembre de 2023, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 3267-2023
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 11 dic 2023
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, once de diciembre de dos mil veintitrés.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
Lo expresado en los motivos tercero a sexto del fallo de casación que antecede y de acuerdo, además, con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se confirma la sentencia apelada de cinco de junio de dos mil veinte, dictada por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol Nº 41284-2018.
Acordada con el voto en contra de los ministros señor Mauricio Silva y señora María Soledad Melo quienes fueron del parecer de revocar la sentencia en alzada y rechazar la excepción de prescripción por los fundamentos expresados en el voto disidente del fallo de casación que antecede.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo de la ministra señora María Angélica Repetto García.
Rol 3.267-2023.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Melo, por estar con permiso.