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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 17492-202424 jun 2024
Fecha
24 de junio de 2024
Recurso
Queja
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Actividad invalidatoria de oficio
Carátula
Scotiabank CHILE./nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 5032-2024
Primera instancia
28º Juzgado Civil de Santiago, Rol 10111-2021
Ministros
Fabiola Lathrop Gómez, Gloria Chevesich Ruiz, Juan Fuentes Belmar, María Melo Labra, María Repetto García
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 770
Código Orgánico de Tribunales: arts. 545, 549
Descriptores
Recurso de queja · Admisibilidad del recurso de queja · Actividad invalidatoria de oficio · Admisibilidad del recurso de apelación · Resoluciones susceptibles de recurso de queja · Naturaleza de la resolución reclamada · Interposición conjunta de recursos · Resolución que declara inadmisible recurso de apelación · Mismo escrito
Cita
Corte Suprema, Rol N° 17492-2024, 24 de junio de 2024, «Scotiabank CHILE./»

Texto íntegro

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro.

Visto y teniendo presente:

Primero: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con faltas o abusos graves y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno.

Segundo: Que el libelo incoado por el abogado Andrés Rioseco López, en autos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N° N°5032-2024, lo ha sido respecto de una resolución de la referida Corte, que rechazó la reposición deducida en contra de aquella que declaró inadmisible el recurso de apelación y ordenó traer los autos en relación sólo para conocer el recurso de casación en la forma deducido por la demandada Scotiabank Chile S.A, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia que acogió parcialmente la demanda subsidiaria deducida por Inmobiliaria Los Quilates en contra del Banco Scotiabank, condenándose únicamente a dicha demandada a pagar el daño emergente producido a la demandante.

Tercero: Que de lo expuesto, se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el deducido no puede ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Andrés Rioseco López.

Sin perjuicio de lo resuelto, en ejercicio de la facultad concedida por el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se tiene presente lo que sigue:

1°.- Que, en la especie, la resolución que incide en autos corresponde a una que declaró inadmisible la apelación deducida en subsidio del recurso de casación en la forma, interpuestos por la demandada Scotiabank Chile S.A con fecha quince de marzo de dos mil veinticuatro, en contra de la sentencia definitiva de quince de enero del mismo año. En cuanto al segundo de los recursos, se ha invocado el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, para decidir cómo se hizo.

2°.- Que si bien la norma antes citada establece que, de interponerse los recursos de casación en la forma y apelación, este último deberá deducirse de manera conjunta con el primero, lo cierto es que la mención del libelo, referida a que la apelación se interpuso “en subsidio”, no puede servir de fundamento para declarar inadmisible el recurso. En efecto, la mencionada exigencia del artículo 770 del Código de Procedimiento Civil ha de ser entendida, en el sentido de que ambos recursos requieren ser presentados en un mismo escrito, puesto que, en estricto rigor y de entenderse de manera literal la exigencia, la misma sería imposible de cumplir. Lo anterior debido a que la naturaleza de los argumentos contenidos en los referidos arbitrios permiten concluir que las peticiones que se formulan en una apelación son siempre subsidiarias a las de un recurso de nulidad formal, lo que trae como consecuencia que resulta lógicamente procedente apelar de la forma en que ha intentado la parte demandante, sin perjuicio de lo que se resuelva al conocer de dicho recurso.

Atendidos los razonamientos antes expuestos y procediendo esta Corte de oficio, se invalida la resolución de dos de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en la causa rol N°5032-2024; en cuanto por ella declaró inadmisible el recurso de apelación entablado, y en su reemplazo, se resuelve que es admisible dicho recurso, deducido por la demandada Scotiabank Chile S.A, en contra de la sentencia definitiva de fecha quince de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de esta ciudad, debiendo disponerse que se traigan los autos en relación para el conocimiento y resolución del mismo.

Acordada con el voto en contra de la ministra señora Chevesich, quien estuvo por no obrar de oficio, porque, en su concepto, no concurren los presupuestos para ello.

Al primer otrosí: a sus antecedentes

Al segundo otrosí: estese al mérito de lo resuelto.

Al tercer y cuarto otrosíes: téngase presente.

Regístrese y archívese.

Rol N° 17.492-2024