Demanda reconvencional
- Fecha
- 5 de julio de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Valdivia, Rol 635-2022
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de Valdivia, Rol 1464-2020
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Carolina Coppo Diez, María Repetto García, Miguel Vázquez Plaza, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Miguel Vázquez Plaza
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 786
- Descriptores
- Demanda reconvencional · Acción declarativa de prescripción adquisitiva · Corte de Apelaciones respectiva · Nulidad procesal de oficio · Recurso pendiente · Sala no inhabilitada · Acción reivindicatoria · Confirma sentencia del grado de manera pura y simple
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 122017-2022, 5 de julio de 2024, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 122017-2022
- Casación en el fondo Demanda reconvencional 5 jul 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cinco de julio de dos mil veinticuatro.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se procede a pronunciar la siguiente sentencia de reemplazo, con arreglo a la ley.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE.
Lo razonado en los motivos cuarto a octavo del fallo de casación que antecede y lo previsto en el artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, se confirma lo resuelto el día trece de junio de dos mil veintidós, folio 57, por el tribunal de primer grado.
En consecuencia, se decide que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Valdivia proceda a la vista y se pronuncie derechamente sobre los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por la parte demandante en contra de la sentencia de primer grado, de fecha trece de junio del año dos veintidós.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del ministro (S) señor Vázquez Plaza.
Rol N°122.017-2022
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Miguel Vázquez P. (S) y los Abogados Integrantes señor Raúl Patricio Fuentes M. y señora Carolina Coppo D.
No firma el Ministro(S) Sr. Vázquez y la Abogada Integrante Sra. Coppo, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y al acuerdo del fallo, por encontrarse ausente.