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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 59153-202416 dic 2024

Excepción anómala

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
16 de diciembre de 2024
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Excepción anómala
Carátula
Matcenter SpA con Inversiones y Comercial Huang Lu Ltda.
Corte de origen
C.A. de Rancagua, Rol 2015-2023
Primera instancia
2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol 773-2023
Ministros
Carlos Urquieta Salazar, Mario Carroza Espinosa, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 767
Descriptores
Excepción anómala · Excepción de pago · Incidente de nulidad procesal · Resolución no pone término al juicio ni hace imposible su continuación · Resoluciones susceptibles de casación en el fondo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 59153-2024, 16 de diciembre de 2024, «Matcenter SpA con Inversiones y Comercial Huang Lu Ltda.»

Texto íntegro

Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de obligación de dar, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, bajo el Rol C-773-2023, caratulado “Matcenter SpA con Inversiones y Comercial Huang Lu Ltda.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutada, contra la sentencia de segunda instancia, de seis de noviembre de dos mil veinticuatro, que confirmó: (i) la resolución, de doce de diciembre de dos mil veintitrés, que rechazó la excepción anómala de pago, y (ii) la resolución, de veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro, que rechazó el incidente de nulidad procesal de lo obrado.

Segundo: Que el impugnante de nulidad de fondo alega la infracción de los artículos 83, 441, 442 y 472 del Código de Procedimiento Civil, y de las normas del Título XIII del Libro IV del Código Civil. Solicita que se invalide el fallo recurrido y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la excepción anómala de pago, y el incidente de nulidad procesal de lo obrado, con costas.

Tercero: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley, y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia.

Cuarto: Que, como puede advertirse, la sentencia impugnada por esta vía no presenta las características de aquéllas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva, ni tampoco de una interlocutoria que haya concluido el juicio, ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad de fondo intentado en autos no puede ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 764, 765, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Rodolfo Cueto Catalán, en representación de la ejecutada, contra la sentencia, de seis de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua.

Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión.

Rol N° 59.153-2024.