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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 247875-202331 dic 2024
Fecha
31 de diciembre de 2024
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Fisco de Chile
Carátula
Tesorería General de la Republica de Chile con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 15100-2023
Primera instancia
3º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7915-2021
Ministros
Arturo Prado Puga, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
Redacción
Arturo Prado Puga
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 464, 785
Ley N° 20.027: art. 13
Descriptores
Fisco de Chile · Principio de especialidad · Acción ejecutiva · Tesorería General de la República (TGR) · Crédito con garantía estatal · Excepción de prescripción extintiva · Financiamiento de estudios de educación superior · Imprescriptibilidad de la deuda · Cobro de pagaré · Excepciones · Rechaza excepción de prescripción
Cita
Corte Suprema, Rol N° 247875-2023, 31 de diciembre de 2024, «Tesorería General de la Republica de Chile con»

Historia del caso

En el mismo rol 247875-2023

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro.

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto:

Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los motivos quinto al undécimo, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

Lo expuesto en los motivos tercero al séptimo del fallo de casación que precede, que se tienen por reproducidos.

Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia definitiva de veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-7915-2021 por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción del numeral 17° del artículo 464 del código adjetivo y, en su lugar, se rechaza, ordenando seguir adelante con la ejecución.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción del fallo a cargo de ministro Sr. Prado.

N° 247.875-2023.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.

No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con feriado legal.