Impulso procesal de carga del tribunal
- Fecha
- 27 de enero de 2025
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con Arco Arquitectura y Construcción Eirl
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 52-2024
- Primera instancia
- Juzgado de Letras y Garantia de Pucon, Rol 254-2022
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
- Redacción
- María Melo Labra
- Descriptores
- Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Impulso procesal · Cesación en la prosecución del juicio · Resolución de contrato con indemnización de perjuicios · Rechaza incidente · Sanción por inactividad de las partes
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 19933-2024, 27 de enero de 2025, «con Arco Arquitectura y Construcción Eirl»
Historia del caso
En el mismo rol 19933-2024
- Casación en la forma y en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 27 ene 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y se tiene, además, presente:
Lo razonado en los motivos quinto y séptimo al duodécimo del fallo de casación que antecede, los que se dan por reproducidos.
Y lo previsto además en los artículos 152, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés dictada en causa Rol C-254-2022 por el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón.
Se previene que el ministro señor Silva, concurre a la confirmatoria solo teniendo en consideración lo establecido en el motivo undécimo de la sentencia de casación.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo de la ministra Sra. Melo y la prevención, de su autor.
N° 19.933-2024.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y señora María Soledad Melo L.