Impulso procesal de carga del tribunal
- Fecha
- 3 de febrero de 2025
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Nuevo Capital S.A. con Inmobiliaria Playa la Boca SpA
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 19315-2023
- Primera instancia
- 12º Juzgado Civil de Santiago, Rol 14292-2018
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Repetto García, Raúl Fuentes Mechasqui, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Álvaro Vidal Olivares
- Descriptores
- Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Impulso procesal · Citación a oír sentencia · Excepciones en el juicio ejecutivo · Rechaza incidente · Acción ejecutiva de cobro de factura
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 15614-2024, 3 de febrero de 2025, «Nuevo Capital S.A. con Inmobiliaria Playa la Boca SpA»
Historia del caso
En el mismo rol 15614-2024
- Casación en el fondo Causa criminal 3 feb 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, tres de febrero de dos mil veinticinco.
En cumplimiento a lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus fundamentos V y VI.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo razonado en los motivos cuarto a séptimo del fallo de casación que antecede, que se tienen por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de catorce de noviembre de dos mil veintitrés que acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido en autos, y en su lugar, se declara que dicha incidencia queda desestimada, debiendo el tribunal de la causa disponer lo necesario para dar debida prosecución al juicio, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Álvaro Vidal.
Rol Nº 15.614-2024.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y los Abogados integrantes señor Álvaro Vidal O. y señor Raúl Patricio Fuentes M. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firman el Ministro señor Carroza E., por estar con feriado legal y el Abogado Integrante señor Vidal O., por estar ausente. Santiago, 03 de febrero de 2025.