Acción ejecutiva
- Fecha
- 18 de marzo de 2025
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Banco Falabella con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 13940-2024
- Primera instancia
- 13º Juzgado Civil de Santiago, Rol 6101-2021
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Álvaro Vidal Olivares
- Disidencia
- MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
- Descriptores
- Acción ejecutiva · Impulso procesal de carga del tribunal · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Impulso procesal · Rechaza incidente · Cobro de pagaré · Notificación de todas las partes de resolución que recibe la causa a prueba
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 55619-2024, 18 de marzo de 2025, «Banco Falabella con»
Historia del caso
En el mismo rol 55619-2024
- Casación en el fondo Error de derecho 18 mar 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.
En cumplimiento a lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus fundamentos tercero a sexto.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo razonado en los motivos segundo y quinto a séptimo del fallo de casación que antecede, que se tienen por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de doce de agosto de dos mil veinticuatro que acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido en autos, y en su lugar, se declara que dicha incidencia queda desestimada, debiendo el tribunal de la causa disponer lo necesario para dar debida prosecución al juicio, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Silva quien estuvo por confirmar el fallo en alzada, fundándose en las consideraciones vertidas en su disidencia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Álvaro Vidal y la disidencia de su autor.
Rol Nº 55.619-2024
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Álvaro Vidal O.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Melo, por estar con permiso.