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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 4934-202513 abr 2026
Fecha
13 de abril de 2026
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Bienes nacionales de uso público
Carátula
Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea con Jcdecaux Comunicación Exterior Chile S.A (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 11503-2024
Primera instancia
18º Juzgado Civil de Santiago, Rol 2614-2023
Ministros
Fabiola Lathrop Gómez, Jorge Saez Martín, Jorge Zepeda Arancibia, María Repetto García, Raúl Fuentes Mechasqui
Redacción
Fabiola Lathrop Gómez
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 464, 786
Decreto Ley N° 3063: art. 47
Descriptores
Bienes nacionales de uso público · Municipalidad · Publicidad · Acción ejecutiva · Excepción de pago · Excepciones en el juicio ejecutivo · Rechaza excepción · Cobro de patente municipal · Corporación cultural · Contrato de arriendo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 4934-2025, 13 de abril de 2026, «Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea con Jcdecaux Comunicación…»

Historia del caso

En el mismo rol 4934-2025

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, trece de abril de dos mil veintiséis.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se procede a pronunciar la siguiente sentencia de reemplazo, con arreglo a la ley.

VISTO:

Se reproduce la sentencia en alzada.

Y se tiene, además, presente:

Lo expuesto en los motivos séptimo a undécimo del fallo de casación que precede y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se confirma la sentencia apelada, de veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo de la abogada integrante señora Lathrop.

Nº 4.934-2025.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sra. María Angélica Cecilia Repetto G., Sr. Jorge Zepeda A., el Fiscal Judicial (S) Sr. Jorge Sáez M., y los Abogados Integrantes Sr. Raúl Patricio Fuentes M. y Sra. Fabiola Lathrop G.