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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo CivilArtículo 8

Código Civil, artículo 8

Texto del artículo

Art. 8º. Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 8

5 fallos

  1. Rechaza el recursoRol 36136-2024C.A. de Temuco23 oct 2024

    Tercería de prelación

    Se rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo; el de fondo, porque el recurrente omitió denunciar la infracción de las normas decisorias de la litis, lo que impide su admisión.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • Banco Santander - Chile Contra Constructora nombre reservado Ltda.
  2. Acoge el recursoRol 60646-2021C.A. de Valdivia5 abr 2023

    Nulidad absoluta

    Se revoca la sentencia y se acoge la demanda, declarando la nulidad absoluta de la renovación del contrato de arrendamiento, por contravenir el estatuto jurídico de la Ley N° 19.253, cuyo principio de especialidad prevalece sobre las normas generales del Código Civil.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado
  3. Acoge el recursoRol 39831-2021C.A. de Temuco16 feb 2022

    Nulidad absoluta

    Se acoge casación y se anula la sentencia: se invirtió la carga de la prueba al exigir a la actora acreditar el desconocimiento efectivo del vicio de nulidad, infringiendo el artículo 1683 del Código Civil.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado (ley IND.)
  4. Acoge el recursoRol 21276-2019C.A. de Rancagua9 dic 2021

    Acción de nulidad

    Se acoge la casación en el fondo y se anula la sentencia: el defecto del contrato de promesa era manifiesto, por lo que los jueces debían declarar la nulidad absoluta de oficio conforme al artículo 1683 del Código Civil, en relación con el 1682.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado
  5. Acoge el recursoRol 114-2019C.A. de Santiago27 dic 2019

    Contrato de adhesión

    Se acoge la casación en el fondo de la demandada y se anula la sentencia por infringir el artículo 24 de la Ley N° 19.496, al imponer una multa por cada infracción constatada en lugar de una sanción única. Se rechaza la casación del Servicio Nacional del Consumidor.

    • Casación en el fondo
    • Servicio Nacional del Consumidor con Constructora Santa Beatriz S.A. (D.C.)