Código Civil, artículo 883
Texto del artículo
Art. 883. El título constitutivo de servidumbre puede suplirse por el reconocimiento expreso del dueño del predio sirviente.
La destinación anterior, según el artículo 881, puede también servir de título.
Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.