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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 544

Código de Comercio, artículo 544

Texto del artículo

Art. 544. Clasificación de los seguros. Los seguros son de daños o de personas. Los de daños, son reales o patrimoniales.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 544

2 fallos

  1. Rechaza el recursoRol 14927-2022C.A. de Santiago1 jul 2024

    Incompetencia del tribunal

    Se rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo: se desestima la incompetencia del tribunal arbitral y no se advierte infracción a las normas sobre el contrato de seguro de crédito.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • Laboratorio Ballerina Ltda. con Compañia de Seguros de Credito Continental…
  2. Acoge el recursoRol 5100-2017C.A. de Santiago21 mar 2018

    Contrato de seguro

    Se acoge la casación en el fondo y se anula la sentencia de alzada: la Corte estima errada la interpretación del interés asegurable que exigía al transportador pagar antes la mercadería para cobrar la póliza, privando de efecto al contrato.

    • Casación en el fondo
    • Transportes Travasa Ltda. con Hdi Seguros S.A.