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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 8234-201530 mar 2016
Fecha
30 de marzo de 2016
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Bienes, posesión y dominio
Tema
Condominio
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 9618-2014
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 21376-2012
Ministros
Daniel Peñailillo Arévalo, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Daniel Peñailillo Arévalo
Normas aplicadas
Código Civil: arts. 588, 682, 686, 688, 700, 889, 892, 956, 1239
Descriptores
Condominio · Dominio de bien mueble · Inoponibilidad · Inscripción conservatoria · Justo título · Sucesión por causa de muerte · Comunidad · Parte alícuota · Acción reivindicatoria o de dominio
Cita
Corte Suprema, Rol N° 8234-2015, 30 de marzo de 2016, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 8234-2015

  • Casación en la forma y en el fondo Condominio 30 mar 2016

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, treinta de marzo de dos mil dieciséis.

En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y atendido lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde, de conformidad con la ley.

VISTOS:

Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de su considerando 7, que se modifica en el siguiente sentido: a la frase “comuna y ciudad de Santiago” se le agrega “en las cuotas que indican,…”; y de sus considerandos 18, 19, 20, 22, 23, 25, 26 y 27, que se eliminan.

Asimismo, se reproducen los fundamentos tercero al decimosexto del fallo de casación que antecede.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con las normas de los artículos 160 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado la sentencia de treinta de septiembre de dos mil catorce, escrita a fojas 143 y siguientes en cuanto rechaza la demanda reivindicatoria y, en su lugar, se declara que se acoge tal demanda.

Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Daniel Peñailillo A.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

Rol N° 8234-2015.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D. y el Abogado Integrante Sr. Daniel Peñailillo A.

No firma el Abogado Integrante Sr. Peñailillo, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por ausencia.

Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a treinta de marzo de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.