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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 19606-201629 may 2017
Fecha
29 de mayo de 2017
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Obligaciones y contratos
Tema
Ocupación ilegal
Carátula
nombre reservado (bordones Ana) con nombre reservado (gomez NICOLAS.)
Corte de origen
C.A. de Copiapó, Rol 5-2016
Primera instancia
2º Juzgado de Letras de Vallenar, Rol 343-2015
Ministros
Andrea Muñoz Sánchez, Carlos Cerda Fernández, Gloria Chevesich Ruiz, Jaime Rodríguez Espoz, Leonor Etcheberry Court
Redacción
Leonor Etcheberry Court
Normas aplicadas
Código Civil: art. 2195
Código de Procedimiento Civil: arts. 764, 765, 767, 785
Descriptores
Infracción de ley · Ocupación ilegal · Recurso de casación en el fondo · Justo título · Acción de precario · Prueba · Contrato de promesa de compraventa · Precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Bien inmueble
Cita
Corte Suprema, Rol N° 19606-2016, 29 de mayo de 2017, «(bordones Ana) con (gomez NICOLAS.)»

Historia del caso

En el mismo rol 19606-2016

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintinueve de mayo de dos mil diecisiete.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos:

Reproduciendo la sentencia apelada de treinta de noviembre de dos mil quince, escrita a fojas 69 y siguientes, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, y de la de nulidad que antecede el motivo cuarto, se la confirma, sin costas.

Regístrese y devuélvanse.

Redactó la abogada integrante Leonor Etcheberry C.

N° 19.606-2016

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., señor Carlos Cerda F., y los Abogados Integrantes señor Jaime Rodríguez E., y señora Leonor Etcheberry C. No firman la Ministra señora Muñoz y el Abogado Integrante señor Rodríguez, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con permiso la primera y por estar ausente el segundo. Santiago, veintinueve de mayo de dos mil diecisiete.