Acción ejecutiva
- Fecha
- 18 de julio de 2017
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Banco Itau Chile con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Concepción, Rol 1896-2016
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Concepción, Rol 10022-2014
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 464
- Descriptores
- Acción ejecutiva · Falta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutiva · Lugar de expedición del pagaré · Menciones del pagaré · Requisitos del pagaré · Juicio ejecutivo. cobro de pagaré
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 10443-2017, 18 de julio de 2017, «Banco Itau Chile con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 10443-2017
- Casación en el fondo Acción ejecutiva 18 jul 2017
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los párrafos cuarto al octavo del considerando sexto y su basamento noveno.
Y teniendo en su lugar presente:
Lo expresado en los fundamentos cuarto al decimotercero del fallo de casación que antecede y lo estatuido en los artículos 102, 103 y 107 de la Ley N° 18.092, 434 N° 4, 464 Nº 7º y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veinte de abril de dos mil quince, que rola a fojas 63 y siguientes, en cuanto desestimó la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Enjuiciamiento Civil opuesta a la ejecución y en su lugar se declara que se la acoge, sin costas, confirmándosela en lo demás.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del Ministro señor Valdés A.
Nº 10.443-2017.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Héctor Carreño S., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., y Sr. Juan Eduardo Fuentes B. No firman los Ministros Sr. Valdés y Sra. Maggi, no obstante haber ambos concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar el primero en comisión de servicios, y encontrarse con permiso la segunda. Santiago, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.