Falta de legitimación activa
- Fecha
- 22 de abril de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de La Serena, Rol 1426-2016
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de la Serena, Rol 4808-2015
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Gloria Chevesich Ruiz, Julio Pallavicini Magnere, Mario Gómez Montoya, Álvaro Quintanilla Pérez
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Normas aplicadas
- Código Civil: arts. 2081, 2305
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Decreto Ley N° 2695: art. 19 - Descriptores
- Falta de legitimación activa · Comuneros · Prohibición · Regularización de la pequeña propiedad raíz · Derecho a pedir compensación en dinero · Acción de oposición dl2695 · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 18119-2017, 22 de abril de 2019, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 18119-2017
- Casación en el fondo Falta de legitimación activa 22 abr 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintidós de abril de dos mil diecinueve.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus basamentos noveno a undécimo, atendido que fueron eliminados al acogerse el recurso de la parte demandante. Asimismo, se transcribe el motivo segundo de la sentencia impugnada, pues si bien esta Corte no comparte, no fue afectado por el recurso de casación deducido por la parte demandada.
Y teniendo, además, presente
El tenor de los fundamentos quinto a séptimo del fallo invalidatorio que antecede, los que, para estos efectos, se tienen por expresamente reproducidos.
Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de nueve de mayo de dos mil dieciséis, escrita a fojas 151 y siguientes, y su complemento de veintiséis de diciembre de dos mil dieciséis, que rola a fojas 276 y siguientes.
Regístrese y devuélvase, con su agregado.
N° 18.119-17
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., Ministro Suplente señor Mario Gómez M., y los Abogados Integrantes señores Álvaro Quintanilla P., y Julio Pallavicini M. No firma el Ministro Suplente señor Gómez y el abogado integrante señor Pallavicini, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado su periodo de suplencia el primero y por estar ausente el segundo. Santiago, veintidós de abril de dos mil diecinueve.