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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 36754-201926 dic 2019

Acción de desposeimiento

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
26 de diciembre de 2019
Recurso
Queja
Resultado
Inadmisible
Materia
Procedimiento civil
Tema
Acción de desposeimiento
Carátula
Petrobras Chile DIST. Ltda. / nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 12160-2018
Primera instancia
11º Juzgado Civil de Santiago, Rol 4697-2016
Ministros
Diego Munita Luco, Guillermo Silva Gundelach, José Gómez Balmaceda, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias
Redacción
Ministro no Identificado
Normas aplicadas
Código Orgánico de Tribunales: arts. 545, 549
Descriptores
Admisibilidad del recurso de queja · Acción de desposeimiento · Resoluciones susceptibles de recurso de queja
Cita
Corte Suprema, Rol N° 36754-2019, 26 de diciembre de 2019, «Petrobras Chile DIST. Ltda. /»

Historia del caso

Otros recursos en la causa Rol 12160-2018 de la C.A. de Santiago

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve.

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Vistos y teniendo presente:

1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno.

2º.- Que en la especie, el libelo incoado por el abogado Eduardo Hajna Rifo en Rol Ingreso Corte N° 12160-18, lo ha sido respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de reposición deducido en contra de la resolución que tuvo por desierto el recurso de casación en el fondo.

3º.- Que de lo dicho, se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, toda vez que es susceptible del recurso de casación establecido en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el libelo deducido no puede ser admitido a tramitación.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Eduardo Hajna Rifo.

Al primer otrosí: no ha lugar.

Al segundo otrosí: a sus antecedentes.

Al tercer otrosí: estese al mérito de autos.

Al cuarto otrosí, téngase presente.

Al folio N° 82923: a sus antecedentes.

Regístrese y archívese.

Rol N° 36.754-19.-