Ir al contenido
BuscadorCivil

Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 39575-20208 oct 2020
Fecha
8 de octubre de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Contrato de salud
Carátula
nombre reservado con Isapre Nueva Mas Vida S.A. (e) *
Corte de origen
C.A. de Rancagua, Rol 619-2019
Primera instancia
2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol 7655-2018
Ministros
Arturo Prado Puga, Juan Fuentes Belmar, Leonor Etcheberry Court, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Juan Fuentes Belmar
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 464
Descriptores
Contrato de salud · Costas · Isapre nueva masvida · Recurso de protección · Acción ejecutiva · Excepciones en el juicio ejecutivo · Falta de requisitos del título para que tenga fuerza ejecutiva
Cita
Corte Suprema, Rol N° 39575-2020, 8 de octubre de 2020, «con Isapre Nueva Mas Vida S.A. (e) *»

Historia del caso

En el mismo rol 39575-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, ocho de octubre de dos mil veinte.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTO:

Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos noveno a décimo quinto.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado en los motivos cuarto a séptimo del fallo de casación que antecede, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintidós de febrero de dos mil diecinueve, y en su lugar se acoge la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, se absuelve a la Isapre Nueva Mas Vida S.A. de la presente ejecución, con costas.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro señor Juan Eduardo Fuentes B.

Rol N° 39.575-2020.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Abogada Integrante Sra. Leonor Etcheberry C.

No firman la Ministra Sra. Egnem y la Abogada Integrante Sra. Etcheberry no obstante ambos haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con permiso la primera y ausente la segunda.