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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 131675-20209 dic 2021
Fecha
9 de diciembre de 2021
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Contrato de arrendamiento
Carátula
nombre reservado con Empresa Nacional de Energías Enex S.A (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 2795-2019
Primera instancia
29º Juzgado Civil de Santiago, Rol 22242-2018
Ministros
Arturo Prado Puga, Jorge Zepeda Arancibia, Mauricio Silva Cancino, Rodrigo Biel Melgarejo, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Rodrigo Biel Melgarejo
Descriptores
Contrato de arrendamiento · Excepción de compensación · Pago de servicios básicos · Excepción de pago parcial · Acción ejecutiva de cobro de factura · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 131675-2020, 9 de diciembre de 2021, «con Empresa Nacional de Energías Enex S.A (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 131675-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintiuno.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.

VISTO:

Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos décimo, undécimo y décimo tercero que se eliminan.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE.

PRIMERO: Lo razonado en los motivos cuarto a undécimo de la sentencia de casación que antecede.

SEGUNDO: Que de lo señalado se concluye que respecto de la deuda de que da cuenta la factura N°16.908 por $ 4.726.711, cuyo cobro se pretende en esta ejecución, ha operado un pago parcial por $1.550.000 y respecto del saldo de la misma de $3.176.711, la compensación en virtud de lo adeudado por las facturas emitidas por Enex S.A. a nombre reservado, individualizadas en el párrafo primero del motivo sexto del fallo de casación que antecede.

TERCERO: Que respecto de la factura N°16911 por $ 3.277.964 materia también de autos, ha operado asimismo, la compensación alegada por la ejecutada por las deudas que esta pagó por concepto de suministro de electricidad correspondientes a dichos consumos hasta mayo de 2018, que dan cuenta las facturas N°s 18611238, 18743959, 18877448 y 19010083 por la suma total de $4.285.516 y las de agua potable N°3747103 y 3797663 por la suma de $231.000, referidas todas en el motivo séptimo de la sentencia de casación, lo que supera el monto de la obligación de que da cuenta el título en referencia.

CUARTO: Que conforme a lo razonado las excepciones de pago y de compensación opuestas a la ejecución serán acogidas.

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto por los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de treinta de enero de dos mil diecinueve, en cuanto rechazó las excepciones previstas en los números 9 y 13 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y en su lugar se decide que están son acogidas, denegándose la ejecución, con costas.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro señor Rodrigo Biel M.

N° 131.675-2020.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sr. Rodrigo Biel M. y Sr. Jorge Zepeda A.

No firma la Ministra Sra. Maggi no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones.