Acción ejecutiva
- Fecha
- 2 de febrero de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- nombre reservado con Universidad la Republica (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 6921-2021
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 3918-2021
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Gonzalo Ruz Lártiga, Leonor Etcheberry Court, María Repetto García, Miguel Vázquez Plaza
- Redacción
- Gonzalo Ruz Lártiga
- Descriptores
- Acción ejecutiva · Juicio ejecutivo. cobro de pagaré · Sentencia de reemplazo · Excepciones
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 39016-2023, 2 de febrero de 2024, «con Universidad la Republica (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 39016-2023
- Casación en el fondo Endoso 2 feb 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dos de febrero de dos mil veinticuatro.
En cumplimiento de lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los fundamentos sexto al octavo, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Lo expresado en los motivos segundo, y del cuarto al octavo del fallo de casación que antecede, que se tienen por reproducidos.
Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de doce de abril de dos mil veintidós, que acogió la excepción de ineptitud del libelo del numeral 4° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil opuesta por la ejecutada y, en su lugar, se resuelve que se rechaza la referida excepción, con costas, debiendo el tribunal a quo pronunciarse sobre las excepciones opuestas en forma subsidiaria a la ejecución.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Ruz.
Rol N° 39.016-2023.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Miguel Vázquez P. (S) y los Abogados Integrantes señor Gonzalo Ruz L. y señora Leonor Etcheberry C.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Abogada integrante señora Etcheberry, por ausencia.