Acción ejecutiva
- Fecha
- 9 de enero de 2025
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Acción ejecutiva
- Carátula
- Scotiabank-chile S.A. con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9490-2022
- Primera instancia
- 4º Juzgado Civil de Santiago, Rol 15-2020
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Mario Carroza Espinosa
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 464
- Descriptores
- Acción ejecutiva · Falta de requisitos del título para que tenga fuerza ejecutiva · Juicio ejecutivo. cobro de cheque · Sentencia de reemplazo · Excepciones
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 252174-2023, 9 de enero de 2025, «Scotiabank-chile S.A. con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 252174-2023
- Casación en el fondo Acción ejecutiva 9 ene 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, nueve de enero de dos mil veinticinco.
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los motivos cuarto y quinto, séptimo al décimo, duodécimo y décimo tercero, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Lo expuesto en los motivos segundo y del cuarto al séptimo del fallo de casación que precede, que se tienen por reproducidos.
Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia definitiva de veinticuatro de marzo de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-15-2020 por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en la parte que acogió la excepción del N° 7 del artículo 464 del código adjetivo y, en su lugar, se la rechaza, ordenando seguir adelante con la ejecución, con costas.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del ministro Sr. Carroza.
N° 252.174-2023.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.