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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 7083-20134 jun 2014
Fecha
4 de junio de 2014
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Cheque
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Talca, Rol 386-2013
Primera instancia
2º Juzgado de Letras de Talca, Rol 4254-2010
Ministros
Emilio Pfeffer Urquiaga, Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Raúl Lecaros Zegers, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Nibaldo Segura Peña
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 464
Descriptores
Cheque · Acción ejecutiva · Prescripción de acción · Gestión preparatoria de reconocimiento de firma
Cita
Corte Suprema, Rol N° 7083-2013, 4 de junio de 2014, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 7083-2013

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, cuatro de junio de dos mil catorce.

En cumplimiento a la decisión que antecede y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado entre los fundamentos segundo y cuarto al décimo del fallo de casación que precede y lo estatuido en los artículos 34 del D.F.L. N° 707, 434, 435, 464 Nº 17º y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de trece de julio de dos mil once, que rola a fojas 48, con costas.

Se previene que los Ministros señora Maggi y señor Fuentes concurren a la decisión de confirmar el fallo en alzada sobre la base de los razonamientos expresados en su prevención formulada en la sentencia de nulidad que antecede.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

Redacción a cargo del Ministro Señor Segura Peña y de la prevención, la Ministra Señora Maggi.

Nº 7.083-13.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Nibaldo Segura P., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogados Integrantes Sres. Emilio Pfeffer U. y Raúl Lecaros Z.

No firman los Abogados Integrantes Sres. Pfeffer y Lecaros, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.

Autorizado por la Ministro de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a cuatro de junio de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.