Código de Comercio, artículo 530
Texto del artículo
Art. 530. Riesgos que asume el asegurador. El asegurador responde de los riesgos descritos en la póliza, con excepción de las situaciones expresamente excluidas por ella.
A falta de estipulación, el asegurador responde de todos los riesgos que por su naturaleza correspondan, salvo los excluidos por la ley.
Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.