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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 97

Código de Comercio, artículo 97

Texto del artículo

Art. 97. Para que la propuesta verbal de un negocio imponga al proponente la respectiva obligación, se requiere que sea aceptada en el acto de ser conocida por la persona a quien se dirigiere; y no mediando tal aceptación, queda el proponente libre de todo compromiso.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 97

4 fallos

  1. Rechaza el recursoRol 160303-2022C.A. de Iquique4 mar 2024

    Principio de especialidad

    Se rechaza el recurso de casación en el fondo: la Corte estima que el planteamiento del recurrente solo discrepa del análisis interpretativo y de la calificación de los hechos asentados por los jueces del fondo, sin acreditar las infracciones normativas que acusa.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado
  2. Rechaza el recursoRol 51835-2023C.A. de Rancagua12 feb 2024

    Correos electrónicos

    Se rechaza la casación: los correos y promesas de compraventa no acreditan oferta ni aceptación que configuren la prórroga invocada, pues la ejecutante solo derivó comunicaciones sin manifestar voluntad de otorgarla.

    • Casación en el fondo
    • Banco Bice con Agricola STA. Ines de la Morera Ltda. (e)
  3. Rechaza el recursoRol 19204-2021C.A. de San Miguel26 jul 2023

    Indemnización de perjuicios

    Se rechaza el recurso de casación en el fondo porque el libelo no invocó como infringidas las normas decisorias litis que permitían su análisis, incumpliendo el requisito del artículo 772 del Código de Procedimiento Civil.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado
  4. Acoge el recursoRol 24931-2018C.A. de Santiago14 oct 2021

    Daño emergente

    Se acoge la casación en el fondo y se anula la sentencia de la Corte de Apelaciones, al no haberse acreditado la existencia ni la cuantía de los perjuicios cuyo peso probatorio recaía en la demandante.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • EMP. CONSTR. Modelo S.A. con Desarrollo Inmobiiario Bellavista S.A.