Cláusula de aceleración
- Fecha
- 6 de noviembre de 2014
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Carátula
- A.G.F. Allianz Chile Compañia de Seguros con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 3954-2012
- Primera instancia
- 18º Juzgado Civil de Santiago, Rol 2832-2006
- Ministros
- Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Patricio Valdés Aldunate, Raúl Lecaros Zegers, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rosa Maggi Ducommun
- Descriptores
- Cláusula de aceleración · Acción hipotecaria · Prescripción de la acción ejecutiva · Interrupción del plazo de prescripción · Falta de emplazamiento · Falta de agravio · Juicio ejecutivo especial hipotecario · Excepción de prescripción extintiva · Contrato de mutuo hipotecario · Efectos de la hipoteca
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 7675-2014, 6 de noviembre de 2014, «A.G.F. Allianz Chile Compañia de Seguros con»
Historia del caso
En el mismo rol 7675-2014
- Casación en la forma y en el fondo Cláusula de aceleración 6 nov 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
1
Santiago, seis de noviembre de dos mil catorce.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce el fallo en alzada que se lee a fojas 485 del Tomo I y, en copia, en la misma foja del tomo III, previa eliminación de sus fundamentos séptimo y octavo.
Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS, PRESENTE:
Lo razonado en los basamentos quinto a noveno, ambos inclusive, de la sentencia de casación que antecede, las normas legales citadas y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, consideraciones por las cuales se revoca la sentencia de veinte de diciembre de dos mil once, escrita a fojas 485, en cuanto desestimó la excepción prevista en el numeral segundo del artículo 103 de la Ley General de Bancos que la ejecutada doña nombre reservado opuso a la ejecución de autos y en su lugar se declara que se acoge la referida excepción de prescripción, confirmándose en lo demás el fallo apelado.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo de la Ministra señora Maggi D.
N° 7.675-14.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Patricio Valdés A., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Raúl Lecaros Z.
No firma el Abogado Integrante Sr. Lecaros, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Autorizado por la Ministra de fe de la Corte Suprema.
En Santiago, a seis de noviembre de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.