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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 14992-20163 oct 2016
Fecha
3 de octubre de 2016
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Obligaciones y contratos
Tema
Acción ejecutiva
Carátula
Conectividad y Telecomunicaciones S.A. con Claro Chile S.A.
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 6338-2015
Primera instancia
22º Juzgado Civil de Santiago, Rol 19311-2014
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Rosa Maggi Ducommun
Normas aplicadas
Código Civil: arts. 1655, 1656, 1657
Código de Procedimiento Civil: arts. 464, 785
Descriptores
Acción ejecutiva · Pago de factura · Excepción de compensación · Aceptación de factura · Notificación judicial del cobro de factura
Cita
Corte Suprema, Rol N° 14992-2016, 3 de octubre de 2016, «Conectividad y Telecomunicaciones S.A. con Claro Chile S.A.»

Historia del caso

En el mismo rol 14992-2016

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, tres de octubre de dos mil dieciséis.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.

VISTOS:

Se reproduce el fallo en alzada de fojas 1000 y siguientes, previa eliminación de sus fundamentos décimo cuarto a décimo octavo.

Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

Lo razonado en los basamentos cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno de la sentencia de casación que antecede y lo previsto en los artículos 1655, 1656, 1657 del Código Civil, se revoca la sentencia apelada de veintiuno de abril de dos mil quince, escrita a fojas 1000 y siguientes, y en su lugar se declara que se acoge la excepción prevista en el número 13 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se rechaza la demanda interpuesta por Conectividad y Telecomunicaciones S.A. a fojas 269, con costas.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

Redacción a cargo de la Ministra señora Rosa María Maggi D.

N° 14.992-2016.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D. y Sr. Juan Eduardo Fuentes B.

No firma el Ministro Sr. Valdés, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicio.

Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a tres de octubre de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.