Cómputo de plazo
- Fecha
- 5 de abril de 2017
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Tema
- Cómputo de plazo
- Carátula
- Banco de Chile con Forestal nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 17-2016
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Angol, Rol 897-2015
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Descriptores
- Cómputo de plazo · Acción ejecutiva · Requerimiento de pago · Plazo para oponer excepciones · Cómputo del plazo para oponer excepciones a la ejecución
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 2876-2017, 5 de abril de 2017, «Banco de Chile con Forestal (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 2876-2017
- Casación en el fondo Cómputo de plazo 5 abr 2017
Otros recursos en la causa Rol 17-2016 de la C.A. de Temuco
- Rol 65270-2016 Acción ejecutiva 5 dic 2016
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cinco de abril de dos mil diecisiete.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo que corresponde de acuerdo con la ley.
Vistos y teniendo además presente:
Lo expresado en los motivos segundo a noveno del fallo de casación que antecede, razonamientos de los cuales se concluye que los ejecutados opusieron la excepción a la ejecución dentro del término legal que prevé el inciso 2° del artículo 459 del cuerpo legal adjetivo.
Y de acuerdo, además, con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha catorce de diciembre de dos mil quince, escrita a fojas 36 de estas compulsas, que no hace lugar a tramitar, por extemporánea, la excepción planteada por los ejecutados en lo principal de fojas 32 y, en su lugar, se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse la tramitación de la causa como en derecho corresponde.
Acordada con el voto en contra del Ministro señor Valdés, quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada teniendo para ello en consideración lo expuesto en su disidencia contenida en el fallo de casación.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Patricio Valdés A.
Rol 2.876-2017