Título ejecutivo
- Fecha
- 7 de septiembre de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Título ejecutivo
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Rancagua, Rol 1421-2019
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Rengo, Rol 114-2019
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Diego Munita Luco
- Descriptores
- Título ejecutivo · Acción ejecutiva · Sentencia firme y ejecutoriada
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 27534-2020, 7 de septiembre de 2020, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 27534-2020
- Casación en el fondo Título ejecutivo 7 sep 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, siete de septiembre de dos mil veinte.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO:
Se reproduce el fallo en alzada de veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, previa eliminación de sus fundamentos décimo tercero y décimo cuarto.
Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo expresado en los motivos segundo, quinto a noveno del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en los artículos 186, 434 N° 1, 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, en cuanto acoge la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y, en su lugar, se declara que se rechaza dicha excepción, por lo que se ordena seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Diego Munita Luco.
N° 27.534-2020.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.
No firma el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.