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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 27534-20207 sep 2020
Fecha
7 de septiembre de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Título ejecutivo
Carátula
nombre reservado con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de Rancagua, Rol 1421-2019
Primera instancia
1º Juzgado de Letras de Rengo, Rol 114-2019
Ministros
Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Diego Munita Luco
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 434, 464
Descriptores
Título ejecutivo · Acción ejecutiva · Sentencia firme y ejecutoriada
Cita
Corte Suprema, Rol N° 27534-2020, 7 de septiembre de 2020, «con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 27534-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, siete de septiembre de dos mil veinte.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTO:

Se reproduce el fallo en alzada de veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, previa eliminación de sus fundamentos décimo tercero y décimo cuarto.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado en los motivos segundo, quinto a noveno del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en los artículos 186, 434 N° 1, 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, en cuanto acoge la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y, en su lugar, se declara que se rechaza dicha excepción, por lo que se ordena seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Diego Munita Luco.

N° 27.534-2020.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.

No firma el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.