Incompetencia del tribunal
- Fecha
- 3 de junio de 2022
- Recurso
- Casación en la forma
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 10309-2017
- Primera instancia
- 28º Juzgado Civil de Santiago, Rol 21044-2013
- Ministros
- Diego Munita Luco, Jean Matus Acuña, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Raúl Fuentes Mechasqui
- Disidencia
- MARÍA ANGÉLICA CECILIA REPETTO GARCÍA,JEAN PIERRE MATUS ACUÑA
- Prevención
- MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: arts. 83, 160, 768, 786
Código Orgánico de Tribunales: art. 227 - Descriptores
- Incompetencia del tribunal · Principio de congruencia · Ultra petita · Procedimiento sumario · Juez árbitro · Corte de Apelaciones respectiva · Competencia de los tribunales ordinarios · Participación de los gananciales · Remisión de antecedentes · Liquidación de la sociedad de gananciales
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 36598-2019, 3 de junio de 2022
Historia del caso
Otros recursos en la causa Rol 10309-2017 de la C.A. de Santiago
- Rol 88251-2023 Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 28 ene 2025
- Rol 88251-2023 Falta de presupuestos de la acción 28 ene 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, tres de junio de dos mil veintidós.
VISTOS:
En este procedimiento sumario tramitado ante el Vigésimo Octavo Juzgado
Civil de Santiago bajo el rol C-21044-2013, caratulado "nombre reservado con nombre reservado", por sentencia de fecha veinticuatro de julio de dos mil diecisiete se acogió la demanda de liquidación del régimen de participación en los gananciales declarando que el mayor valor obtenido por el demandado durante la vigencia del matrimonio asciende a 44.630,45855 Unidades de Fomento, debiendo pagar dicho crédito a la demandante en su equivalente en dinero, con costas.
Recurrido este fallo mediante casación en la forma y apelación, por sentencia de once de septiembre de dos mil diecinueve la Corte de Apelaciones de Santiago,...