Daño emergente
- Fecha
- 1 de marzo de 2023
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Tema
- Daño emergente
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Rancagua, Rol 626-2020
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol 10422-2018
- Ministros
- Dobra Lusic Nadal, Leonor Etcheberry Court, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Leonor Etcheberry Court
- Descriptores
- Daño emergente · Daño moral · Indemnización de perjuicios · Responsabilidad extracontractual · Responsabilidad solidaria · Ilícito civil · Derecho de prenda general · Contrato de compraventa · Acción de indemnización de perjuicios · Naturaleza y monto de perjuicios · Injustificada valoración de perjuicios · Monto de los perjuicios · Perjuicios acreditados · Prueba de los perjuicios · Perjuicios extrapatrimoniales · Juicio ordinario de simulación de contrato
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 49728-2021, 1 de marzo de 2023, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 49728-2021
- Casación en la forma y en el fondo Indemnización de perjuicios 1 mar 2023
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, uno de marzo de dos mil veintitrés.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y teniendo, además, presente:
Lo razonado en los motivos tercero, cuarto y sexto del fallo de casación que antecede, que se dan por reproducidos, lo previsto en las normas citadas y lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de cuatro de mayo de dos mil veinte dictada en la causa Rol C-10422-2018 seguida ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, sin costas por haber tenido motivo plausible para alzarse.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo de la Abogada Integrante Sra. Etcheberry C.
Rol N°49.728-21.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Soledad Melo L., la Ministra Suplente Sra. Dobra Lusic N. y los Abogados Integrantes Sr. Raúl Patricio Fuentes M. y la Sra. Leonor Etcheverry C.
No firman no obstante de haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, la Ministra (S) Sr. Lusic y la Abogada Integrante Sra. Etcheverry, la primera por haber concluido su periodo de suplencia, la segunda por encontrarse ausente.