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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 33367-20242 jun 2025
Fecha
2 de junio de 2025
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Norma ordenatoria litis
Carátula
Avla S.A.G.R. con Sociedad Casanova y Casanova Limitada (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 18247-2022
Primera instancia
14º Juzgado Civil de Santiago, Rol 4668-2020
Ministros
Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
Redacción
Mauricio Silva Cancino
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 464, 473, 478
Descriptores
Norma decisoria litis · Norma ordenatoria litis · Error de derecho/Influencia sustancial · Reserva de derechos · Juicio ejecutivo. cobro de pagaré · Resolución que resuelve excepciones opuestas
Cita
Corte Suprema, Rol N° 33367-2024, 2 de junio de 2025, «Avla S.A.G.R. con Sociedad Casanova y Casanova Limitada (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 33367-2024

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, dos de junio de dos mil veinticinco.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue.

VISTOS:

Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes y 473 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, la sentencia apelada de veintiuno de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se fija como caución, la suma de $120.000.000, atendido que la reserva se limitó a algunas de las excepciones opuestas por la ejecutante y que se deberá constituir ante el tribunal a quo.

Regístrese y devuélvanse.

Redacción a cargo del Ministro Sr. Mauricio Silva C.

Rol Nº 33.367-2024

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.

No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firman los Ministros señor Silva, por estar con permiso y la señora Repetto, por estar con feriado legal.