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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo CivilArtículo 46

Código Civil, artículo 46

Texto del artículo

Art. 46. Caución significa generalmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de otra obligación propia o ajena. Son especies de caución la fianza, la hipoteca y la prenda.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 46

7 fallos

  1. Rechaza el recursoRol 20806-2025C.A. de Valparaíso30 jul 2026

    Fisco de Chile

    Se rechaza la casación en el fondo: la caución por permanencia constituye un acto jurídico unilateral válido y su exigibilidad no depende de una resolución administrativa que la autorice, sin que se infrinjan los artículos 46 y 1467 del Código Civil.

    • Casación en el fondo
    • Fisco de Chile con nombre reservado (e)
  2. Acoge el recursoRol 26606-2023C.A. de Coyhaique22 abr 2024

    Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo

    Se acoge la casación y se anula la sentencia: se infringieron los artículos 40 y 55 del Código de Procedimiento Civil al estimar tácitamente notificada la demanda con la resolución que decretó una medida precautoria, sin juicio pendiente aún.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado
  3. Acoge el recursoRol 42815-2021C.A. de Talca31 ene 2022

    Mutuo hipotecario

    Se rechaza la excepción de prescripción: la acción hipotecaria de desposeimiento no prescribió porque la acción principal fue interrumpida civilmente y sus efectos se extienden al tercer poseedor.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • Scotiabank Chile con nombre reservado (G.P.)
  4. Acoge el recursoRol 76694-2020C.A. de Santiago8 sep 2021

    Juicio ejecutivo

    Se rechaza la prescripción y se acoge el desposeimiento: la hipoteca sigue la suerte de la obligación principal, cuya acción de cobro sigue vigente.

    • Casación en el fondo
    • Scotiabank Chile con nombre reservado (e)
  5. Acoge el recursoRol 27533-2019C.A. de Santiago22 abr 2021

    Deudor solidario

    Se rechaza la casación en la forma y se acoge la de fondo, anulándose la sentencia: la Corte estimó que el fallo confundió la fianza y codeudoría solidaria con el aval cambiario, aplicando requisitos del artículo 46 de la Ley N° 18.092 a quien no fue demandado como avalista.

    • Casación en la forma y en el fondo
    • Banco Internacional con Inversiones Pmg S.A. y Otros (e)
  6. Acoge el recursoRol 2876-2020C.A. de Temuco30 mar 2021

    Cláusula de aceleración

    Se acoge la casación y se anula la sentencia: no hay antinomia entre los artículos 138 y 255 de la Ley N°20.720, pues rigen momentos distintos del procedimiento concursal; el título ejecutivo mantiene obligación líquida y exigible del avalista.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado (e)
  7. Acoge el recursoRol 28935-2019C.A. de Temuco7 oct 2020

    Acción ejecutiva

    Se anula la sentencia que acogió la excepción del ejecutado: el avalista puede demandarse sin esperar la liquidación concursal del deudor principal, pues el art. 255 solo afecta al fallido y no hay antinomia.

    • Casación en el fondo
    • Scotiabank-chile S.A. con nombre reservado (e)